martes, 7 de julio de 2009

Detenidas 8 personas, entre ellas tres guardias civiles, por un alijo de 815 kilos de cocaína


EUROPA PRESS - VIGO/MADRID - 06-07-2009

La droga fue localizada en un polígono industrial de A Coruña en un cargamento de gambas congeladas que entró por el Puerto de Marín.

Agentes de la Policía Nacional detuvieron a ocho personas, entre ellas un abogado de Vigo y tres guardias civiles, e intervinieron un alijo de 815 kilos de cocaína que arribó al Puerto de Marín (Pontevedra) camuflado en un cargamento de gambas congeladas que fue interceptado posteriorente en un polígono industrial de A Coruña.Según informó la Policía, los detenidos importaban la droga desde Ecuador y garantizaban su entrada en España ‘sin ningún tipo de control’. Entre los arrestados, se encuentra un sargento destacado en el Puerto de Marín (Pontevedra) que fue detenido la noche del pasado viernes en un asador del municipio de Cangas do Morrazo, según informaron fuentes próximas a la investigación.

Un subteniente en situación de reserva y un guardia civil también fueron detenidos en el marco de este operativo, en el que han colaborado efectivos de la DEA estadounidense, los carabineros de Chile y el Servicio de Vigilancia Aduanera.

Las investigaciones, que se han desarrollado durante un año, se iniciaron al tener conocimiento de que un grupo organizado estaría introduciendo importantes cargamentos de cocaína a través de algún punto de Galicia. Las primeras pesquisas vincularon la actividad criminal con un abogado, César P., quien dirigía la organización desde su despacho en Vigo.

‘ENVIOS SEGUROS’ DE DROGA

Según los investigadores, este abogado supuestamente había diseñado una ruta para el tráfico de estupefacientes desde Sudamérica hacia España. Bajo el amparo de una empresa tapadera que daba apariencia de legalidad a las importaciones, ofrecía a diversos narcotraficantes la posibilidad de ‘envíos seguros’ de droga.

Para ello, el letrado contaba con integrantes de la organización que garantizaban que los envíos recibidos en el Puerto de Marín franquearían éste sin verse sometidos a ningún tipo de control documental o físico. Durante el transcurso de sus actividades delictivas, el líder del grupo mantuvo contactos con diversos traficantes a los que ofrecía su infraestructura para el tráfico de drogas. Fue el pasado mes de mayo cuando los agentes detectaron que una persona vinculada a la organización se había desplazado hasta Ecuador para presumiblemente organizar 'in situ' un envío de cocaína. Los policías constataron que el cargamento había partido de Guayaquil (Ecuador), haciendo escala en Cartagena (Colombia), para arribar al puerto pontevedrés de Marín.

En ese momento, se estableció un dispositivo que permitió localizar este cargamento en un polígono industrial de A Coruña. La mercancía legal declarada del contenedor era de gambas congeladas aunque en las últimas cajas se hallaron bajo una primera capa de gambas, un total de 815 paquetes de cocaína de un kilogramo de peso cada uno.

Tras frustrar el último envío de la banda, los agentes detuvieron a los ocho integrantes de la organización, incluido el abogado que lideraba la organización de narcotraficantes.

La operación ha sido desarrollada por agentes del Greco Galicia de la Comisaría General de Policía Judicial, de la Udyco de la Jefatura Superior de Policía de Galicia y la colaboración de las oficinas de la D.E.A en Madrid, Chile y Panamá, los carabineros de Chile y el Servicio de Vigilancia Aduanera.

Detenido regando su plantación de marihuana


EUROPA PRESS - OURENSE - 07-07-2009

Un ciudadano francés de 46 años de edad y vecino de Castro Caldelas fue detenido por agentes de la Guardia Civil tras ser sorprendido cuando regaba 25 plantas de cannabis en una finca aislada.Según informó el instituto armado, fue detenido el ciudadano francés Philippe Georges F.L.G., de 46 años, como presunto autor delito contra salud pública.

El arrestado fue sorprendido cuando efectuaba el riego de 25 plantas de 'Cannabis Sativa' de distintos tamaños y 15 kilos de peso, cultivadas en una finca aislada situada en el paraje denominado As Carballeiras.

Las diligencias instruidas en relación con estos hechos fueron remitidas al Juzgado de Instrucción de la localidad ourensana de Pobra de Trives.

viernes, 26 de junio de 2009

detienen en santiago de compostela,a 4 consumidores de cannabis



LAVOZDEGALICA.Nacho Mirás
Fecha de publicación:
11/6/2009

La policía detectó el pasado mes de mayo dos cultivos en sendas viviendas de la ciudad del Apóstol. Los viveros no eran otra cosa que habitaciones de pisos para estudiantes que estaban acondicionadas con un «microclima idóneo para que las plantas alcancen un óptimo desarrollo en poco tiempo y, posteriormente, proceder a su secado para consumir», dice la información facilitada por la comisaría de Santiago.
En total, se intervinieron veintiséis plantas de marihuana; cien gramos de marihuana seca; 11,5 gramos de hachís; sesenta macetas; dos lámparas de calor; un sensor de temperatura y humedad; tres ventiladores; un deshumidificador; y un transformador eléctrico, además de otros efectos como regletas, abonos y todo tipo de artilugios necesarios para este cultivo.
La policía implica como responsables de los viveros clandestinos a cuatro jóvenes, con edades comprendidas entre los diecinueve y los veinte años, que carecen de antecedentes policiales y que residen temporalmente en la capital de Galicia por razones de estudios.
Aunque en Internet cualquiera puede formarse en el arte de cultivar marihuana a golpe de clic, la policía incide en que se trata de una «actividad ilícita» que, además de resultar muy molesta para los vecinos «por los ruidos, olores y trasiego de personas ajenas al edificio», tiene sus riesgos.
Según explican fuentes policiales, los aparatos que sirven para recrear las condiciones idóneas para cultivar marihuana tienen un elevado consumo eléctrico. Y los jardineros preparan sus instalaciones de una forma artesanal, «sin tener en cuenta recomendación técnica alguna de seguridad». También es un hecho que numerosos pisos del Ensanche compostelano que se alquilan a estudiantes cuentan con instalaciones eléctricas completamente obsoletas, lo que incrementa el riesgo de incendio por sobrecarga en los enchufes y en el cableado.
No son pocas las voces que se alzan contra la consideración delictiva que tiene este tipo de actividad. Los defensores del cultivo para autoconsumo aseguran que esta práctica es mucho mejor que acudir al mercado negro. La suerte judicial de los cultivadores dependerá en buena medida de que puedan demostrar que la maría era para consumo propio y que no había excedente para ser comercializado, o entonces sí que tendrán problemas.


ME QUEDO CON ESTE PARAFO QUE NO TIENE DESPERDICIOse intervinieron veintiséis plantas de marihuana ; cien gramos de marihuana seca; 11,5 gramos de hachís; sesenta macetas; dos lámparas de calor; un sensor de temperatura y humedad; tres ventiladores; un deshumidificador; y un transformador eléctrico, además de otros efectos como regletas, abonos y todo tipo de artilugios necesarios para este cultivo.SI LAS PLANTAS LLEGASEN A FLORECER,DARIAN UNOS 400GRS, MAS 100 GRS DE MARIHUANA SECA, TODO ESTO DIVIDIDO POR 4 CONSUMIDORES, 125 GRS POR PERSONA, VAMOS QUE A MI ESO NO ME DURA NI UN MES.

desaparecen 12 kilos de cocaina del cuartel de la guaria civil de O Grove


PONTEVEDRA, 26 Jun. (EUROPA PRESS) -

El subdelegado del Gobierno en Pontevedra, Delfín Fernández, confirmó este viernes la apertura de diligencias penales por la desaparición de parte de un alijo de cocaína, que se custodiaba en el Cuartel de la Guardia Civil de O Grove. De esta forma, se suspendió temporalmente la tramitación de expedientes sancionadores contra los agentes de este cuerpo de seguridad, por supuestas deficiencias en la custodia.

"Esperaremos hasta que se resuelva el tema por la vía penal, y si concluye de forma negativa, seguirá su curso la tramitación administrativa de las sanciones", explicó Delfín Fernández, tras indicar que los expedientes disciplinarios "ya se abrieron hace meses", aunque la noticia no trascendió hasta conocerse, en las últimas horas, la existencia de una investigación interna en el seno de la Guardia Civil de O Grove.

El subdelegado del Gobierno rechazó concretar la cantidad de droga desaparecida, si bien apuntó --respecto al dato que trascendió oficiosamente de 12 kilos de cocaína de un alijo de 20 kilos-- que "probablemente la cantidad desaparecida no es tan elevada".

Fernández argumentó que, cuando se pesó por primera vez el alijo de cocaína --relacionado con una planeadora que apareció varada en una playa del municipio de O Grove-- "el fardo estaba mojado y llevaba aún los cordeles", mientras que cuando se tasaron nuevamente, las condiciones ya eran otras.
CARALLO PARA LA MERMA, 12 KILOS SON 2 FILAS COMO LAS DE LA FOTO.
El subdelegado del Gobierno en Pontevedra concluyó que "seguramente, hubo alguna merma" entre ambos pesajes, si bien puntualizó que en cualquier caso "no fue una merma de kilos".

martes, 19 de mayo de 2009

CARTA A JOSE LUIS RODRIGUEZ ZAPATERO PRESIDENTE DE ESPAÑA



UN ORENSANO AMIGO LLAMESMOLE X QUE LE ENVIO ESTE E-MAIL A ZAPATERO, GRACIAS POR HACERMELO LLEGAR AMIGO X


2 de abril de 2009 20:06
Para: jlrzapatero@presidencia.gob.es


Hola soy xxxxx xxxx xxxxxxxx, nacido en Ourense Galicia y un
votante del psoe.Desgraciadamente para mi un parado mas, de los mas de
3.000.000, se que las cosas a nivel mundial estan en una situacion
pesima , por esta mal llamada crisis que no es mas que el fruto de una
mala gestion de los gobiernos mundiales.

Realmente en españa tenemos que estar tan mal?, realmente no
tenemos recursos para salir de esta crisis?, por mi parte veo un par
de cosas que nos pueden sacar de esta situacion y eliminar la
desorbitada tasa de paro que desgraciadamente tenemos en estos
momentos en españa.

1º las energias limpias, somos un pais privilegiado en cuanto a este
tipo de energias tanto solar como eolica tenemos una franja horaria
bastante buena para captar la energia del sol,en cuanto a la eolica
somos un pais rico en montañas y rodeado de costa donde el aire es
gratuito . Pero a lo largo de los años dejamos muy claro que esto no
puede estar en manos de empresas privadas por todos los conflitos ,
escandalos y chanchullos que solo favorecen a unos cuantos, a menudo
empresas extranjeras, gente adinerada y politicos corruptos, estas
explotaciones deberian de estar en manos del gobireno central y asi
crear miles de empleos publicos en varios sectores, montaje,
mantenimiento, desbroces de montes viguilancia etc...... y no que
venga una empresa de afuera lo fabrique nos lo venda lo instale y se
vayan .
2º y algo mas polemico, la legalizacion de la marihuana, que es otro
sector que a pesar de la crisis no les esta afectando(grow shop) si no
que cada dia venden mas, y es simplemente porque la gente tiene menos
recursos para acudir al mercado negro, que solo favorece a los
narcotraficantes y los policias corruptos, que cada vez mas gente la
usa con fines terapeuticos , gente que no consigue calmarse dolores
con ningun medicamento, que asi quedo demostrado en numerosos estudios
y que dieron muy buenos resultados en enfermedades tales como ,
glaucoma,efectos secundarios de la quimioterapia,asma, epilepsia y
espasmos, anorexia y depresion, dolores de enfermos terminales, etc
.... .
y tambien gente que aun a pesar de no usarla con ningun fin terapetico
la usan porque les gusta usarlas, y que no es mas mala que cualquiera
de las drogas legales que se venden en españa como el tabaco y el
alcohol, el legalizarla no crearia solo empleo a cultivadores y
distribuidores porque tenemos que tener encuenta el turismo que
atraeria esta decision, no debemos olvidarnos de los mas de 10.000.000
millones de personas que van anualmente a Holanda de vacaciones y
esto crearia mas empleo publico, en fuerzas de seguridad, sanidad,
limpiezas, transportes etc.. asi como empleo privado hosteleria,
restauracion, automocion,comercio etc....

Pero claro es solo mi opinion y se que no se tendra ni en cuenta
,poniendose en el caso de que lo llegase a leer.

cuidate y cuidanos
saludos
RESPUESTA DE LA PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

18 de mayo de 2009 0:00
Para: XXXXXX XXXXXX

Acuso recibo del escrito que ha dirigido al Presidente del Gobierno, y le agradezco su confianza por transmitirle sus sugerencias para solucionar la crisis económica.

Reiterándole mi agradecimiento por su colaboración, reciba un cordial saludo. José Enrique Serrano Martínez. Director del Gabinete de la Presidencia del Gobierno.

lunes, 18 de mayo de 2009

León: Absuelto a pesar de que tenía 100 kilos de marihuana porque alegó ser consumidor 29/12/08


El juzgado de lo Penal número 1 de los de León dictó el pasado 11 de diciembre una sentencia absolutoria para un individuo natural de León y con domicilio en La Virgen del Camino, al que la Guardia Civil sorprendió con veinte plantas de marihuana de tres metros de altura cada una y otras catorce de algo más de medio metro, que entre todas sumaba un peso de cien kilos.
El Ministerio Fiscal solicitaba una pena de tres años y medio de prisión y una multa de 30.000 euros, pero el titular de la sala, en el apartado segundo de los fundamentos de derecho del fallo, considera que procede aplicar el principio porque no se pudo acreditar que el procesado fuese a traficar con el material y además alegó ser consumidor habitual.
El acusado, asistido por el letrado leonés Enrique Arce y por la procuradora de los tribunales Diana González, declaró en la vista oral que cultivaba la plantación para su consumo propio «sin que se haya probado en el acto del juicio que proyectase destinar al tráfico parte alguna de su producción».
En la vista oral, negó las manifestaciones realizadas inicialmente ante los agentes que realizaron la entrada en su domicilio y lo que declaró en el juzgado de Instrucción. Un informe clínico redactado en el Hospital de León confirma que el sospechoso era consumidor habitual. «El único indicio incriminatorio es la cantidad de marihuana que se hubiera podido destinar al tráfico».
El juez considera en la sentencia que el concepto de «producto aprovechable» en el concepto de «cosecha» resultante de un cultivo es «un elemento variable. La cantidad de producto efectivamente utilizable al cabo del ciclo botánico no es la misma para diez, cien o mil productores de la misma especie».

Sólo fumaba las flores
El acusado manifestó que solamente fumaba las flores de cada planta y tiraba el resto. No esperaba obtener más de un kilo de producto aprovechable para su consumo personal. «Desde luego, no tenemos ningún indicio más de una intención que no sea la propia cantidad intervenida, aspecto que debemos valorar con cautela».

Se castiga sólo el tráfico
La norma penal, siempre según la sentencia «sólo castiga el cultivo con fines de tráfico y no el autoconsumo. No podemos dejar de hacer notar que la diligencia de entrada y registro no sólo es expresiva por lo que incorpora, sino por lo que no refleja. La fuerza actuante no encontró en ningún punto de la vivienda útiles específicos para el troceo y pesaje o preparados de Cannabis que pudieran hacer pensar en una finalidad de distribución.

Faltan pruebas tangibles
Así, al no haberse desvirtuado la aseveración dirigida por el acusado ya a los mismísimos agentes que lo detuvieron, de que la marihuana que cultivaba era para su propio consumo, es forzoso concluir que no se ha probado el dolo, como tampoco se ha producido una lesión. Ni siquiera una mera puesta en peligro del bien jurídico de la salud pública, protegido por la norma penal, lo que justifica que no pueda subsumirse la conducta del acusado efectivamente probada en dicha norma».

Hay dudas razonables
«Por tales razones», entiende el juez «y subsistiendo dudas razonables sobre la verdadera intención del acusado acerca del destino de la producción de marihuana intervenida, se absolverá de toda responsabilidad criminal en aplicación del principio ».

El juez habilita un plazo de diez días para que las partes puedan presentar recurso ante la Audiencia Provincial de León.
Los hechos que se juzgaron datan del día 14 de septiembre del 2007. Agentes de la Guardia Civil practicaron un registro en una localidad perteneciente al ayuntamiento de Villazala en el transcurso de la cual hallaron el material del que se incautaron en una huerta, por lo que procedieron a la detención de su propietario y abrieron las correspondientes diligencias.
El procesado presentó un informe del Hospital de León en el que demostró su condición de consumidor habitual.

¿ES ILEGAL PLANTAR MARIHUANA?



Si bien el cultivo de cannabis es considerado ilegal en cuanto tienda a la promoción, el favorecimiento o la facilitación del consumo ilegal de grifa y/o hachís, los Tribunales españoles admiten cada vez con más frecuencia y claridad supuestos de autocultivo. Es decir, supuestos en que el cultivo no se considera delito y, por tanto, el cultivador queda absuelto o, como mucho, en su caso, condenado por el excedente de lo considerado como consumo propio anual*. Esto supone que si uno cultiva para sí mismo aproximadamente la cantidad de cannabis que consume al año, tiene escasísimas posibilidades de que le condenen, y en este hipotético caso, es prácticamente imposible que vaya a prisión.
Así las cosas, aquí van unos consejos y datos a tener en cuenta a la hora de cultivar cannabis, basados en las sentencias absolutorias sobre el tema de los distintos Tribunales españoles:

Número de plantas.- No existe ningún número de plantas, a día de hoy, establecido como legal. Se trata de calcular la cantidad que uno consume al año, y, partiendo de esta, la cantidad, tamaño y calidad de las plantas que necesita para autoabastecerse. Esto ya es una cuestión de cada uno, según su consumo y otras variables como: tipo de cultivo, sustrato, semillas, condiciones climáticas, pericia del cultivador y un infinito etcétera.
Ante esta situación de inseguridad jurídica, los colectivos de cultivadores y consumidores, como la AICC (Asociación de Internautas CannabisCafé), reclaman la fijación de un número legal de hembras por persona y año. Como razones se argumentan el fácil control de la legalidad de los cultivos, ya que simplemente consistiría en contar los tallos; así como ser 25 la cantidad de plantas establecida como límite del autocultivo de otra conocida planta, el tabaco.
No obstante, como están las cosas actualmente y previendo una hipotética incautación, lo que se debe tener en cuenta es cómo se va a calcular la cantidad de grifa que se va obtener de las plantas y que lo que se está cultivando será destinado al autoconsumo. Es decir, que se trata de un autocultivo.

CULTIVO DE EXTERIOR.- Consideraciones con respecto al cultivo y al cultivador.
Respecto al cultivo.-
- En principio decir que “la expresión "cultivo" del texto legal no es correcta
pues no se cultivan las drogas o estupefacientes sino las plantas o especies
botánicas de las que puedan obtenerse aquéllas. El cultivo, en sí, es una
actividad neutra que sólo alcanzará categoría penal cuando tal actividad
se conecte con la obtención de sustancias psicoactivas. El precepto, por su redacción, parece afirmar que los actos de cultivo, elaboración o tráfico, por sí mismos, promueven, favorecen o facilitan el consumo. Ello, que es claro en el caso del tráfico en cuanto por medio del mismo se transmiten las sustancias que expresa el precepto y, por tanto, se difunde el uso y el consumo, no lo es tanto en el caso de los actos de
cultivo y elaboración desde el momento en que, admitida la impunidad de la
tenencia para consumo propio, nadie puede dudar de que tales actos para el
propio abastecimiento carecen de la idoneidad precisa para promover,
favorecer o facilitar el consumo”. Sentencia nº 219 Audiencia Málaga
- Como las plantas se suelen pesar recien arrancadas por la GC, a veces incluso con raíces y tierra, tras las oportunas alegaciones se suele reducir el peso inicial incautado entre un 40 y 60 %, habiendo incluso sentencias que restan, además de los tallos, que son excluidos del pesaje a petición del Fiscal, un 60% correspondiente al secado y a las hojas no adheridas a las sumidades floridas. La realidad es que la planta, entre manicurado y secado, según los estudios de las asociaciones y la literatura más autorizada, pierde antes de ser consumida entre un 85-95% de su peso bruto. Lo que conviene no perder de vista es que lo que incauten se va a reducir considerablemente, pero a lo mejor no todo lo que debiera.
- También se buscarán indicios de tráfico, por lo que no conviene tener balanzas de precisión, bolsitas herméticas y otros adminículos que puedan hacer parecer que se trafica con lo cultivado.
- En caso de que cuando se produzca la incautación, las plantas sólo estén cosechadas parcialmente, se estima que el cultivador va cosechando según sus necesidades de consumo.
Respecto al cultivador.-
- En primer lugar, que sea consumidor, diciéndolo desde el primer momento. Para probarlo habría que alegarlo en las propias declaraciones, y si surgen dudas, solicitar análisis de orina o sangre.
- Sobre la cantidad considerada como consumo propio anual*: se obtiene calculando el consumo diario y multiplicándolo por los días del año. Se han admitido consumos de hachís por el Tribunal Supremo de más de diez gramos diarios, incluso 20, por lo que alegar que fumamos seis o siete cigarrillos diarios de un gramo, lo que fuma un fumador inveterado, obtendremos un consumo anual de unos 2.200-2.500 gramos.
- Es también muy importante saber que, en busca de indicios de tráfico, se investigará el modo de vida del cultivador y si posee ingresos propios y un nivel de vida acorde con esos ingresos, para averiguar si puede estar obteniendo ingresos extras de la venta de cannabis.
- Pertenencia a una asociación cannábica.- Este es un dato que ha servido en varias sentencias para argumentar la ausencia de ánimo delictivo, puesto que sería poco prudente que quien quiere cometer un delito de tráfico de cannabis, figure en un registro público como aficionado a la planta. También se ha utilizado para legitimar un excedente de hasta 500 gramos del consumo propio anual, puesto que al ser miembro de una asociación pro-legalización de la marihuana, este excedente no tendría porqué ser destinado al tráfico, sino que bien puede ser que los compartiese con los miembros de su asociación, consumidores como él y representativos de un grado de difusión que entra dentro de los supuestos de consumo compartido admitidos por el Tribunal Supremo. Además, con la pertenencia a la asociación se le presuponen al cultivador ciertos conocimientos sobre la planta, con los que argumentar sólidamente el proceso que siguen estas desde que se cultivan hasta que se consumen.

CULTIVO DE INTERIOR.- Igual que en exterior, con la salvedad de que para entrar en un domicilio es necesaria orden judicial, lo que hace difícil la desmantelación de cualquier cultivo de interior en un piso mínimamente discreto. Para que el Juez otorgue la autorización es necesario que tenga indicios racionales de criminalidad, es decir, que por lo observado por la policía o testigos se pueda deducir que en ese piso se cultiva cannabis y se trafica con él. Normalmente, si no hay un goteo de personas entrando y saliendo del lugar, y no se suelen sacar bultos sospechosos (cajas, bolsas) con frecuencia, el registro no será autorizado. También ha servido como indicio tener el responsable numerosas sanciones por posesión de cannabis.
Decir que no cualquier local o piso es un domicilio, sino únicamente aquel que se destine a vivienda. En este caso, si entran en el domicilio sin consentimiento o sin orden judicial, aunque encuentren plantas, la prueba sería nula por haberse obtenido vulnerando el derecho a la inviolabilidad del domicilio.

viernes, 15 de mayo de 2009

Detenido un hombre que tenía una plantación de marihuana en Nigrán


hombre de 57 años, M.J.A.C., detenido el martes por la Guardia Civil de Pontevedra por un presunto delito contra la salud pública, ya que había montado una plantación de marihuana con su invernadero y todo.

El arresto se llevó dentro del marco de actuaciones que la Guardia Civil viene llevando a cabo para erradicar la venta y distribución de estupefacientes, por lo que procedió a la detención de M.J.A.C. de 57 años de edad y vecino de Nigrán como presunto autor de un delito­ contra la salud pública.

Una zona boscosa

Los hechos sucedieron cuando la Guardia Civil de Baiona localizó una finca en una zona boscosa del municipio de Nigrán, con un invernadero, oculto entre la vegetación, de unos cuarenta metros cuadrados en cuyo interior había una plantación de treinta plantas de marihuana de, ­todas hembras y con sistema de regado propio.

Los agentes de la comandancia detuvieron al titular de la plantación, precisamente en el momento en el que se encontraba arrancando las plantas. El detenido, que carece de antecedentes penales, será puesto a disposición del Juzgado de Instrucción número 5 de los de Vigo.

Schwarzenegger, abierto al debate para legalizar la marihuana en California


El gobernador del estado norteamericano de California, Arnold Schwarzenegger, dijo ayer que el estado tiene que debatir la legalización y cobro de impuesto sobre la marihuana, aunque aclaró que no apoya la idea necesariamente. Schwarzenegger declaró que era tiempo de que California «estudie si legaliza y grava la marihuana para uso recreativo». «Creo que deberíamos estudiar cuidadosamente qué están haciendo otros países que legalizaron la marihuana y otras drogas. ¿Qué efecto tuvo en esos países?». California legalizó la marihuana médica en 1996.

La Audiencia cree que no es delito cultivar la marihuana para consumir en un año


Absuelve a un baionés que fue condenado a doce meses de cárcel por plantar 2,5 kilos de cannabis

Autor:
E.V.Pita
Fecha de publicación:
8/5/2009 la voz de galicia


Cultivar la suficiente cantidad de plantas de marihuana para el propio consumo durante un año no es un delito, según una reciente sentencia absolutoria de la Quinta Sección de la Audiencia de Pontevedra, con sede en Vigo.

El implicado, un vecino de Bahíña-Baiona, había sido condenado a un año de cárcel y una multa de 7.000 euros por el juzgado de lo Penal número 2 en julio del 2008 por un delito de tráfico de drogas. La Guardia Civil había descubierto en la terraza acristalada de la casa de A.I.L. un cultivo con once plantas de cannabis que dieron un peso de 2,5 kilos. Su valor en el mercado, si lo vendido como marihuana, ascendía a 7.000 euros.

Sin embargo, el implicado recurrió la condena ante la Audiencia y el tribunal vigués le dio la razón el pasado 25 de marzo y le absolvió.

La sala admite que la doctrina del Tribunal Supremo ha fijado un módulo que establece que el consumo propio el cultivo no debe superar el kilo de marihuana pero considera que estos criterios son solo orientativos. En este caso, la Audiencia acepta que los 2,5 kilos dan para un año de consumo.

La Audiencia añade que el único indicio contra el vecino es la gran cantidad de plantas decomisada. Pero el cultivo fue efectuado en una casa aislada y con un ciclo productivo lento. No daba la impresión de querer enriquecerse con la cosecha ilegal. Además, la Guardia Civil no halló en la casa ni balanzas de pesaje ni empaquetados que hiciese pensar que el sospechoso planeaba comercializar sus plantas. La duda benefició al reo.

viernes, 8 de mayo de 2009

Dos jóvenes de 19 y 20 años de edad fueron sorprendieran cuidando de una plantación de marihuana en Paderne de Allariz.


Agentes del Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) de la Guardia Civil de Ourense imputaron a las 16.00 horas del sábado un delito contra la salud pública a dos jóvenes de Ourense. D.B.A, de 19 años, y M.G.F, de 20 años, ambos vecinos de la ciudad, fueron sorprendidos por los agentes del Instituto Armado cuando estaban cuidando de una plantación de cannabis sativa (sus hojas secas se conocen como marihuana y de su resina se produce el hachís, siendo ilegales ambas sustancias), que se encontraba oculta entre la maleza de un monte comunal en Peneirizas (Paderne de Allariz).

Protegidas

Las 18 plantas incautadas tenían una altura aproximada de 20 centímetros y estaban protegidas mediante garrafas de plástico en una zona alta y soleada. Asimismo, se encontraban plantadas en calderos, para facilitar así su retirada del monte comunal y su transplante en otro lugar, pues este tipo de planta puede alcanzar dos metros de altura si las condiciones de sol y humedad son favorables. Los agentes del Seprona instruyeron las pertinentes diligencias al Juzgado de Instrucción número 1 de Ourense
NUEVO GOLPE POLICIAL EN OURENSE, UNA PLANTACION DE LA QUE DICEN QUE LAS HOJAS SECAS ES LA MARIHUANA, JAJJAJA, CON UNAS PLANTAS DE 20 CENTIMETROS RECIEN TRASPLANTADAS,LO UNICO QUE SE CONSEGUIRA SERA MALGASTAR DINERO PUBLICO Y EL TIEMPO DE JUEZ Y FISCAL QUE PODRIAN ESTAR DEDICANDOSE A OTROS CASOS DE VERDAD.

miércoles, 29 de abril de 2009

En Mexico ya es legal llevar 5 grs de marihuana encima



Hoy llego a caso enciendo el messenger y sorpresa un amigo mejicano que vive en puebla me comunica que en mejico pese a la nueva gripe, tiene una buena noticia,me alegra esta noticia, aunque no puedo dejar de sentir un poco de envidia jejejee


DESPUES DEL TODO EL CAOS TENIA QUE VENIR LA LUZ!!! ***EL SENADO APRUEBA DOSIS PERSONAL DE DROGA*** 5 GR DE MARIHUANA, 2 GR OPIO, 50 MG HEROINA, 500 MG COCAINA, LSD .015 MG, CRISTAL 40 MG, METANFETAMINA 40 MG.

Aprueba el Senado dosis personal de droga y ley de combate al narcomenudeo
El Senado aprobó en comisiones el dictamen de combate al narcomenudeo, que legaliza el consumo de hasta 5 gramos de mariguana, sin penalización.

Jue, 23/04/2009 - 20:40

Podrán portar hasta cinco gramos de marihuana. Foto: Rene Soto
Ciudad de México.- Esta noche la Cámara de Senadores aprobó el dictamen de la iniciativa de ley para combatir el narcomenudeo, que permite la portación de dosis mínimas de drogas, marihuana, cocaína y cristal, entre otras.

El dictamen está en ajustes técnicos y será llevado a su discusión ante el pleno el próximo martes, con cambios para que ni farmacodependientes, ni consumidores sean criminalizados por consumir drogas o psicotrópicos hasta cierta cantidad.

A un consumidor, cuando se les detenga hasta en dos ocasiones se les invitará a acudir a centros de atención. Por tercera vez, se les obligará a ir a un centro de rehabilitación. Y se preserva la prohibición administrativa de consumirla en sitios públicos.

“Bueno, para la mariguana, que era lo que a mí me preocupaba, y dado que nadie la compra limpia, sino llena de pedazos de madera, de semillas, etc., cinco gramos es lo que ha dicho la Corte”, dijo senador del PRD Pablo Gómez.

En el caso de la concurrencia, municipios, estado y federación deberán combatir el delito. Pero cuando se trate de delincuencia organizada, es decir cuando intervienen 3 o más individuos, intervendrá sólo la Federación.

jueves, 16 de abril de 2009

NUEVO EXITO POLICIAL EN LA PROVINCIA DE OURENSE


VERGONZOSO ,SEIS MESES DE TRABAJO POLICIAL, CON EL CONSIGUENTE GASTO EN AGENTES,VEHICULOS ETC... PARA HACERSE CON UN ALIJO DE 30GRS DE COCAINA, Y ONCE DETENIDOS, DE LOS CUALES SOLO UNA INGRESABA EN PRISION, REALMENTE ESTA CANTIDAD DE DROGA NOS COSTO MUCHISIMO MAS DINERO A LOS CONTRIBUYENTES QUE EL VALOR DE LA DROGA INCAUTADA. LO QUE QUIERE DECIR QUE SE DEDICAN A PASAR EL TIEMPO Y QUE DE VEZ EN CUANDO DETIENEN A CONSUMIDORES QUE TIENEN QUE RECURRIR A LA VENTA PARA PAGAR SU DOSIS, Y UNA VEZ MAS QUEDA DEMOSTRADO QUE EL NARCOTRAFICO SOLO BENEFICIA A NARCOS Y POLICIAS CORRUPTOS.

La titular del Juzgado de Instrucción 3 de Ourense acordó enviar a prisión a Tamara S.M., de 23 años, por su presunta implicación en un delito de tráfico de drogas en la ciudad den tro del operativo desplegado por la Policía Nacional con motivo de la operación ‘Manchica’. Por su parte, quedaron en libertad los otros diez detenidos en el transcurso de la misma operación, que se inició hace meses.

Agentes adscritos a la Brigada de Seguridad Ciudadana detuvieron a Tamara S.M. el pasado sábado cuando supuestamente se estaba fraguando la venta de 30 gramos de cocaína. Según la investigación policial, la joven, que carece de antecedentes penales, sería la responsable de la introducción y distribución a los puntos de venta de los estupefacientes, sobre todo cocaína, a mediana escala.

La operación Manchica, según valoró la Policía, permitió desarticular seis puntos de venta de droga en la ciudad en el Centro y los barrios de Covadonga y O Vinteún.

La supuesta cabecilla es familia en primer grado de las hermanas Machado de Jesús, dos viejas conocidas de las fuerzas de seguridad en la ciudad de Ourense por su participación en distintas operaciones de compra-venta de droga.

domingo, 12 de abril de 2009

PASOS A SEGUIR PARA CREAR UNA ASOCIACION CANNABICA


LOS PASOS SON LOS MISMOS QUE PARA CUALQUIER ASOCIACION
Para crear una Asociación hay que contar con, al menos tres personas, y hay que dar los siguientes pasos:
Celebración de la Asamblea Constitutiva, en la que se nombra una Junta Gestora o Junta Directiva provisional.
Elaborar el Acta Fundacional o de Constitución, donde conste el propósito de varias personas naturales que, con capacidad de obrar acuerden voluntariamente servir a un fin determinado de conformidad a sus estatutos. Firmado por todos los socios, no tiene que hacerse más que en documento privado (No hay por qué ir al notario).
Debe constar nombre y apellidos de los firmantes, así como su número de D.N.I. y su domicilio, así como los nombres de los cargos elegidos.
Lectura y aprobación si procede de los estatutos de la Asociación.
Rellenar la solicitud por Triplicado, firmada por uno de los socios fundadores.
Presentación en el plazo de cinco días desde la fecha del Acta Constitutiva ante el Registro de Asociaciones a nivel local y de la Delegación Territorial de la Junta en la provincia correspondiente; también se puede solicitar a la Comunidad Autónoma o al Ministerio del Interior, dependiendo del ámbito de actuación.
Pagar las tasas, en la cuenta que nos indiquen en el registro.
La Asociación tendrá personalidad propia como persona jurídica y por ello tiene un nombre, un domicilio y un patrimonio propio.
Una vez constituida la Asociación hay que solicitar la tarjeta del C.I.F. y legalizar los Libros de Actas, Socios y Contabilidad.
Paso a paso:
Paso 0 (informal, pero muy importante): Ponernos de acuerdo las personas que deseamos constituir la asociación en:
Qué es lo que queremos conseguir,
Qué tipo de actividades estamos preparados para realizar,
Qué cantidad de tiempo personal podemos dedicar a la asociación,
Qué desembolsos económicos estamos dispuestos a realizar,
Paso 1: Redactar unos estatutos pero adaptarlos a la realidad de la asociación propia.
Paso 2: Reunirse para firmar el acta de constitución y los estatutos.
Ambos documentos han de ser firmados por triplicado por todos los asistentes en todas sus páginas.
Desde este momento la asociación existe legalmente pero hasta dar los pasos siguientes no le es posible realizar algunas actividades, por ejemplo, tener una cuenta corriente.
Ojo: Tanto los estatutos como el acta de constitución deben ajustarse a lo dispuesto en la Ley de Asociaciones.
Paso 3: Presentar toda la documentación anterior en el registro de asociaciones correspondiente.
Paso 4: Una vez recibida la contestación del registro (pueden tardar un mes o dos),
1. Reunirse en Asamblea Extraordinaria para nombrar la Junta Directiva y tomar otros acuerdos que se consideren necesarios.
2. Ir a la Delegación de Hacienda para pedir un NIF (hacer constar claramente que se trata de una asociación sin ánimo de lucro).
3. Abrir una cuenta corriente.
4. Establecer el método para cobrar las cuotas.
Paso 5: A trabajar y no desanimarse. Es importante contar con asistencia jurídica de alguien con experiencia en estos temas.
Documentos necesarios
En el registro de asociaciones:
Instancia
Acta fundacional
Estatutos
Fotocopias DNI socios fundadores
Firmas de los fundadores
En Hacienda:
Formulario 037
Instancia + Acta fundacional + Estatutos, sellado por el registro de entrada (sólo te sellan la instancia).
Fotocopia DNI del presidente/a
Firma del presidente/a
Tasas aproximadas
17 euros aproximadamente por registrar los estatutos
El formulario 037 vale alrededor de 0.65 euros
Dinero en fotocopias: 3 o 4 euro

MARCHA MUNDIAL DE LA MARIHUANA




EN BARCELONA 9 de mayo a las 18 hrs.
en la plaça Rius y Taulet en Gracia.

sábado, 4 de abril de 2009

21 dias fumando porros ¿ ignorancia o estupidez?



ARTICULO PUBLICADO EN FAC.CC FIRMADO POR MARTIN BARRIUSO

Imaginemos que una "periodista" con ganas de trepar y pocos escrúpulos profesionales se dedicara durante tres semanas a meterse dosis masivas de alcohol en el cuerpo: Unas cuantas copas de orujo en el desayuno, unos chupitos de güisqui a media mañana, tres litros de Rioja en el aperitivo y así, exceso tras exceso, hasta el coma etílico. Imaginemos que, además, la autodenominada "periodista" insistiera en hacer su "trabajo" en plena melopea. El resultado, sin duda, sería lamentable. Si, para colmo de amarillismo, la susodicha intentara extraer profundas conclusiones acerca de los peligros de la bebida y se dedicara a dar cancha a ex-alcohólicos partidarios de implantar la Ley Seca como forma de hacer frente al consumo abusivo, está claro que nadie la tomaría en serio.

Pues bien, en el programa "21 días fumando porros", emitido el pasado viernes 27 de marzo en Cuatro, Samanta Villar, la intrépida "periodista", hace exactamente eso, solo que cambia el alcohol por el cannabis. De hecho, Villar se pega tales pasadas con los porros que sin duda habría muerto de sobredosis etílica si hubiera intentado hacer un programa parecido sobre la bebida. La pregunta que surge de inmediato es: ¿Se puede llamar periodismo a semejante ejercicio de irresponsablidad?

El programa de Cuatro fue una muestra clásica de manipulación y propaganda anti-drogas en el más rancio estilo. Se alteró el orden de los acontecimientos (el brutal colocón holandés, por ejemplo, se produjo varias semanas antes de rodar el resto) y se eliminaron varios días de material grabado (como la visita a la asociación MACA de Barcelona) para que todo encajara en el guión preestablecido. Se suprimieron los mensajes políticos de las asociaciones cannábicas y se dio un peso exagerado a un pequeño grupo de ex-adictos que no representan ni de lejos la realidad de la mayoría de quienes fumamos porros.

Por otra parte, la aportación del programa al necesario debate social sobre el cannabis, sus beneficios y riesgos, y su situación legal es, sencillamente, prescindible. ¿Que el cannabis no es inocuo? Ya lo sabíamos. ¿Que los excesos son malos? Vaya novedad. ¿Que hay gente que haría mejor en no probar los porros en su vida? Es lo que llevamos diciendo toda la vida. ¿Y para eso tanto ruido? ¿Eso es todo lo que Cuatro es capaz de aportar a un debate tan serio?

Por fortuna, no todos los que usamos el cannabis cometemos los estúpidos excesos de la periodista de Cuatro. La inmensa mayoría de personas usuarias de la planta somos gente normal y no tenemos graves problemas debidos a nuestro consumo. Pero, sobre todo, solemos ser gente responsable que afronta las consecuencias de lo que hace. En cambio, la penosa imagen final de Samanta Villar, jurando que, tras el brutal atracón de cannabis que se acababa de pegar, nunca más volvería a fumar un porro, evoca sin remedio al típico idiota que, tras desoír los consejos de todo el mundo y emborracharse hasta las patas, asegura por la mañana, en plena resaca, que nunca volverá a beber. Por suerte, todo el mundo conoce el escaso valor que tienen las reflexiones de un idiota resacoso.

Las actuales políticas de drogas son un desastre que causa más daños que las propias drogas, como acaba de reconocer la Comisión Europea en un reciente informe. La vigente regulación legal sobre el cannabis, además de alimentar un inmenso mercado negro de naturaleza mafiosa y de deteriorar la calidad de producto, coarta la libertad de millones de adultos y dificulta el acceso a los enfermos que podrían beneficiarse de sus propiedades medicinales, sin conseguir impedir a cambio el acceso de los adolescentes a la sustancia. La reforma de ese marco legal es una cuestión de gran calado social y debe abordarse con seriedad, basándose en datos sociológicos y científicos, no en los prejuicios y experiencias de unos cuantos profesionales del engaño y la telebasura.

Martín Barriuso Alonso
Presidente de la Federación de Asociaciones Cannábicas (FAC)

Detenidos dos jóvenes por cultivar plantas de marihuana en un piso de Pontevedra


Dos jóvenes han sido detenidos en Pontevedra por cultivar plantas de marihuana en una vivienda de alquiler, informaron hoy fuentes de la Policía Nacional. Los detenidos, A.B.T., de 22 años, y S.E.G., de 20 años, ambos vecinos de Pontevedra, están acusados de un delito contra la salud pública y han sido puestos a disposición judicial, precisaron las fuentes.
La denuncia remonta al pasado 28 de diciembre, cuando la propietaria de la vivienda denunció que había tres plantas en el interior del piso que había alquilado a una pareja joven.
En las labores de investigación, los agentes localizaron y detuvieron el pasado 2 de enero a S.E.G, que figuraba en el contrato de alquiler.
Ayer fue detenida A.B.T., que tiene numerosos antecedentes policiales, entre los que se incluyen delitos contra la salud pública.
En el interior de la vivienda, los agentes se incautaron también de instrumentos para el cultivo de esas plantes, tales como fertilizantes, una lámpara halógena, un transformador eléctrico y un sistema de relojería para accionar automáticamente la lámpara a determinadas horas.

animo fernando alonso




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jeje.

domingo, 29 de marzo de 2009

Detenido por cultivar dos plantas de marihuana en el garaje de su chalé de Cabanas


La Voz


Fecha de publicación:


3/10/2007 La Guardia Civil detuvo y trasladó ayer a su cuartel de Santa Maríña, en Ferrol, a un hombre al que se le imputa cultivar marihuana en su casa. La aprehensión es inferior a la de las plantaciones descubiertas la pasada semana en diferentes zonas de la comarca de Ferrol.
En este caso eran sólo dos plantas que el arrestado tenía en macetas en el garaje de su casa.
El detenido declaró, con asistencia de un letrado del turno de oficio, que era para el autoconsumo y nunca para la venta a terceros. Posteriormente fue puesto en libertad con cargos.

martes, 10 de marzo de 2009

España lidera el ránking mundial de incautaciones de marihuana


España encabezó en 2007 el ranking mundial de incautaciones de cannabis, con 653 toneladas decomisadas, lo que supone un incremento del 42 por ciento respecto al año anterior, asegura el último informe de la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes (JIFE).El estudio, hecho público hoy en Viena, destaca también que ha descendido el consumo de cocaína entre los adolescentes españoles, lo que significa que, por primera vez desde 1994, se ha roto la tendencia al alza, informa hoy el Ministerio de Sanidad.

La guardia civil sigue con su campaña e recaudacion en eventos deportivos




LaRegion.es




Detenidos tres jóvenes ourensanos, uno menor, tras localizarles varias dosis de cocaína, marihuana y hachís en Monterroso .




La Guardia Civil detuvo a dos jóvenes de 19 y 22 años y a un tercero, menor de edad, como presuntos autores de un delito contra la salud pública tras localizarles cocaína, marihuana y hachís en el vehículo en el que se encontraban en Monterroso (Lugo).




Según informó la Guardia Civil, las detenciones fueron practicadas el pasado día 21 a las 19.15 horas. Les imputan un delito contra la salud pública por tenencia ilícita de sustancias estupefacientes.




Con motivo del II Rally de la Ulloa, los agentes establecieron un punto de verificación y control a fin de garantizar la seguridad ciudadana en la carretera LU-221, en sentido Palas de Rei-Monterroso, por lo que procedieron a la identificación de los ocupantes de un turismo, los cuales daban muestras de un ‘gran nerviosismo’.


A continuación, los agentes realizaron un registro superficial del vehículo, donde hallaron bajo el asiento del copiloto un paquete de tabaco en cuyo interior había seis barras de hachís con un peso aproximado de 36 gramos, así como tres papelinas de cocaína y una bolsita de plástico que contenía supuestamente marihuana.Las personas detenidas fueron identificadas como I.C.S., de 22 años de edad y vecino de Ourense; N.F.P., de 19 años de edad, natural y vecina de Barbadas (Ourense), y un menor.
EL UNICO FIN QUE TIENEN ESTOS CONTROLES , QUE DICEN QUE ES POR NUESTRA SEGURIDAD, ES EL DE RECAUDAR , QUITANDOLE A LOS CONSUMIDORES CANTIDADES RIDICULAS QUE SOLO UNA MENTE ENFERMA PUEDE PENSAR QUE SEAN PARA VENDER A TERCEROS.

miércoles, 18 de febrero de 2009

La poca fiabilidad de los test detectores de drogas



NOTA DE PRENSA PANNAGH

Los tests aplicados (Cozart® DDS) no solo detectan a quienes se encuentran bajo efectos tales que “se altere el estado físico o mental apropiado para circular sin peligro”, que es a lo que se refiere el Reglamento General de Circulación, sino también a los que han consumido una cantidad pequeña que no afecta a su capacidad de conducir, y a quienes han consumido hace horas pero ya no tienen ningún efecto. Según se ha informado, el test Cozart® DDS detecta el consumo que se haya producido en las 3 horas anteriores. Dado que el efecto del cannabis dura una media de 90 a 120 minutos, y que el de anfetamina y cocaína es aún más corto, sin duda se castigará a personas cuyas condiciones psicomotrices y sensoriales son perfectamente normales.

Por otro lado, las pruebas de detección de consumo de cannabis pueden dar falsos positivos en personas que se hayan encontrado en ambientes donde hubiera humo de dicha planta, sin necesidad de haber consumido ellas mismas, de forma que se podría castigar a fumadores pasivos. Por otro lado, visto el peculiar metabolismo del cannabis, cuyos restos se pueden detectar en sangre y orina hasta dos meses después de un solo consumo, es dudoso que el dato de que el test solo detecta el consumo producido las tres horas anteriores sea totalmente fiable, y mucho nos tememos que se sancione por consumos producidos muchas horas e incluso días antes.

NOS UNIMOS A TODOS LOS COLECTIVOS QUE DENUNCIAN LA FIABILIDAD DE LOS TEST DE DROGAS,
ENTENDIEDO QUE CUALQUIER PERSONA CONSUMIDORA O NO, PUEDE SER CASTIGADA, SI ESTO SE APLICASE AL ALCOHOL(droga legal) SERIA COMO EMBORRACHARSE EL SABADO Y QUE TE MULTEN EL LUNES.

domingo, 15 de febrero de 2009

La Guardia Civil encontró cinco kilos de plantas de marihuana en un desván de O Barco


lavozdegalicia.es 1-9-2007

En manos del Juzgado de Instrucción número Uno de O Barco ha quedado el caso protagonizado por el joven de 21 años de edad B. P. D. Agentes de la Guardia Civil de la villa valdeorresa lo detuvieron en la noche del pasado 29 de agosto, a las 23.30 horas. El motivo de esta detención está en que se han encontrado en la casa del joven varias plantas de marihuana que tenía almacenadas en el desván. Hechas las oportunas averiguaciones, los guardias comprobaron que la cantidad total de marihuana que guardaba el joven era de cinco kilos.
El valor de estas plantas, si se pusiesen en el mercado actual, puede llegar a los 4.200 euros.

Pesaban, en conjunto, unos 800 gramos y una de ellas medía casi dos metros

eldiariomotanes.es

29.08.08
la Guardia Civil de Comillas detuvieron el martes a una mujer identificada como B.F.R., de 40 años de edad y vecina de la localidad, como presunta autora de un delito contra la salud pública en la que se ha visto envuelta al ser encontradas en el balcón de su casa plantas de marihuana.

Detuvieron a B.F.R. y se incautaron de la marihuana: dos plantas -una de casi dos metros- que arrojaron un peso cercano a los 800 gramos.

Esta es la segunda vez que la Guardia Civil descubre plantas de marihuana mirando a los balcones de las casas de Comillas, donde el día 19 de agosto detuvieron a otro vecino de la villa por la misma causa.

Detienen a un joven de A Rúa (Ourense) cuando regaba diez plantas de marihuana


noticia(EUROPA PRESS)20-08-2008

Agentes de la Guardia Civil de O Barco (Ourense) detuvieron a un joven de 25 años de edad vecino del municipio ourensano de A Rúa cuando regaba en una finca diez plantas de marihuana.

Según informó hoy la Guardia Civil, el joven M.S.L., de 25 años y vecino de A Rúa, fue arrestado al ser sorprendido cuando regaba diez plantas de marihuana, con un valor aproximado de 7.700 euros.

COMENTARIO ASOCCIACIONCANNBISOURENSE -

7.700 EUROS ES MAS O MENOS LO QE SE PUEDE GASTAR UNA PERSONA AL AÑO ACUDIENDO AL MERCADO NEGRO, SIN TENER LA SEGURIDAD DE QUE SEA DE LA MISMA CALIDAD DE LA QUE SE PUEDE AUTOCULTIVAR

sábado, 14 de febrero de 2009

Detenidos dos jóvenes que tenían una plantación de marihuana en un ático de Gondomar


LA FOTO NO CORRESPONDE A ESTA OPERACION DE LA GUARDIA CIVIL.

Agentes de la Guardia Civil han detenido a dos personas como responsables de una plantación de marihuana en el ático de un céntrico inmueble de Gondomar.
A los detenidos, P.G.G., de 26 años y vecina de Gondomar, y su pareja, C.M.J., de la misma edad y natural de Vigo, se les imputa un delito contra la salud pública, por el cultivo o elaboración de droga.
La operación, en la que los agentes se hicieron con varias plantas de entre 2 y 2,5 metros, todas hembras y con un peso superior a los 3,5 kilos, se enmarca en una campaña de erradicación de venta y distribución de droga a pequeña escala que mantiene abierta la Guardia Civil d

La incautación de plantas de cannabis en Málaga casi se sextuplica en cuatro años


Entre 2004 y 2007 se decomisaron 46.210 kilos de hachís, un 64% menos que hace cuatro años (126.217), según el Ministerio de Interior en una respuesta al Congreso de los Diputados. Un hecho que se explica por el control en el Estrecho, que ha llevado a los traficantes hasta Alicante o Tarragona, aseguran fuentes policiales.

La mayoría de las plantas de cannabis se han intervenido en la Axarquía Lo más llamativo del informe es que la intervención de plantas de cannabis casi se ha sextuplicado (2.194 kg en 2007 frente a 375 en 2004). ¿Supone esto que más consumo y, por ende, más tráfico? Un experto en drogas de la UDYCO cree que ambas cosas no van unidas y apunta más a la efectividad policial.

En el caso del cannabis, porque se han aprehendido plantaciones e invernaderos de consideración, ubicados casi todos en la Axarquía.

Se multiplicaron por 10 las incautaciones de marihuana en albacete


El consumo de marihuana y el de otras sustancias estupefacientes, ha experimentado un crecimiento progresivo en nuestra provincia en los últimos años, algo que reflejan las cifras que maneja el Equipo de Delincuencia Organizada y Antidroga (Edoa) de la Policía Judicial de la Guardia Civil de Albacete. De ellas se desprende que en este último año se ha incautado diez veces más marihuana que en el año pasado. Ya que se ha pasado de 7,964 kilogramos en 2007 a los 74,565 kilos en 2008.

miércoles, 4 de febrero de 2009

Ourense 28 de junio de 2008.Cuatro detenidos por posesión de ocho plantas de marihuana


Articulo de PATRICIA TORRES / www.farodevigo.es OURENSE


La Policía Nacional de Ourense detuvo ayer a cuatro jóvenes, todos ellos de 20 años de edad, que responden a las identidades de David M.L., Adrián N.V., Hugo V.D. y Natalia P.M., por un delito de tráfico de drogas, al requisarle ochos plantas de marihuana, así como una pequeña cantidad de hachís y diversos útiles necesarios para el cultivo y consumo de los mismos estupefacientes en el domicilio que comparten.
Así, dentro de las funciones de prevención del tráfico de estupefacientes, y de vigilancia de los centros docentes y su entorno, los agentes tuvieron conocimiento hace unos días a través de los vecinos de la zona de la Universidad, de la existencia de un piso donde había una pequeña plantación de marihuana.
De esta manera, los agentes tras comprobar los datos, ya que parte de las plantas eran visibles desde el exterior de la vivienda, procedieron a solicitar el correspondiente mandamiento de entrada y registro en el domicilio mencionado al juzgado de guardia correspondiente.
Una vez concedido, los efectivos de la Policía Nacional entraron en el piso y una vez dentro del mismo se incautaron de un total de ocho plantas de marihuana, así como de sustancias y útiles para el cultivo y consumo del estupefaciente y una pequeña cantidad de hachís, por lo que procedieron a la detención de las cuatro personas que se encontraban en el piso y que vivían en la vivienda.
Así, los detenidos son cuatro jóvenes, todos ellos de 20 años de edad y vecinos de Ourense, y sus entidades se corresponden con las de David M.L., Adrián N.V., Hugo V.D. y Natalia P.M., todos ellos sin antecedentes penales. Finalmente, quedaron en libertad en la tarde de ayer tras prestar declaración en las dependencias de la Comisaría de la Policía Nacional.

vi esta noticia en un foro alguien sabe algo??? una jueza falla a favor de un cultivador con 3Kgs de marihuana


Una jueza falla que cultivar cannabis en un domicilio no es un delito contra la salud pública

(la voz | ourense)

Fue detenido y procesado penalmente por un delito contra la salud pública cuando los agentes de la Guardia Civil realizaron una intervención en su domicilio y descubrieron que 12 plantas que, en suma, tenían 3.000 gramos de cannabis.

Ahora la magistrada del juzgado de lo Penal número dos de la capital ourensana ha dictaminado que el cultivo de aquellas plantas no supone tal delito.

El principal razonamiento para la sentencia absolutoria de Manuel Corcoba, ha estado en que, según la magistrada «no existe ningún elemento de carácter objetivo que ponga de manifiesto que la sustancia que se obtuviera de las plantas se hallara preordenada al tráfico o venta a terceros».

Recoge el escrito que «la intervención de las plantas se debió únicamente a un aviso de los vecinos, dado que el acusado utilizaba el agua para regar las plantas de cannabis».

Indicios

Por todo ello considera la magistrada jueza que de lo probado en el juicio no se desprenden indicios de que hubiese delito alguno contra la salud pública por lo que la magistrada ha optado por declarar inocente al dueño de las plantas que queda por tanto libre de cualquier carga penal.
__________________
250 grs por planta joer que pena , mi pesame por las plantas y enhorabuena contigo se hizo justa justicia. claro que tendriamos que saber si los 3 kg eran brutos o escorridos jeejje

en pontevedra se multiplicaron por 4 las multas por tenencia y consumo


En los últimos cinco años los expedientes iniciados por tenencia y consumo de estupefacientes se han multiplicado por cuatro. Desde la Subdelegación del Gobierno de Pontevedra se explica este aumento por los planes operativos puestos en marcha para eliminar la tenencia de drogas a pequeña escala.

Tener o consumir drogas en público es cada vez más arriesgado, además de salir muy caro. En el último año las fuerzas de seguridad iniciaron 2.687 expedientes en la provincia de Pontevedra, lo que supone más de siete al día y una recaudación total de 705.636 euros. La sanción económica varía en función de la cantidad incautada.
Muchas de estas multas se impusieron en la calle, pero también buena parte de ellas tuvieron lugar en locales públicos como bares, pubs y clubes.

Por diversos motivos no todas las sanciones impuestas son resueltas en el mismo año, aunque no pueden pasar más de seis meses para evitar que caduquen administrativamente.

En este caso, de las 2.687 impuestas en el último año, se tramitaron 1.536, cifra que supone una cuantía de 467.125 euros.

martes, 3 de febrero de 2009

legalidad sobre las asociaciones


Preguntado al respecto, una fuente del Plan Nacional sobre Drogas, comentó: "En nuestro país el consumo de cannabis en el ámbito privado no está penalizado. Tampoco lo está el cultivo para consumo propio. Si estas asociaciones se limitan a esto, su actividad no tiene ninguna trascendencia penal. Sólo cuando se hace publicidad de este consumo o cuando se promueve, es cuando pueden cometer un delito contra la salud pública, según el Código Penal. Pero son los tribunales quienes tienen que decidirlo.

lunes, 2 de febrero de 2009

una noticia sobre la asociacion pannagh de bilbao




Un juez devuelve a su dueño 17 kilos de marihuana incautada
PD).- Los hechos ocurrieron en 2005. Las fuerzas de seguridad detuvieron a cuatro miembros de la asociación vizcaína pro cannabis Pannagh, por posesión de drogas. Ahora el juez ha decidido devolverles la mercancía ya que cree que la marihuana estaba destinada al consumo privado y terapéutico.
La propia asociación ha informado este jueves de que la Justicia le ha devuelto los 17,4 kilos de marihuana que les fueron incautados en una operación policial en octubre de 2005.
Las cuarenta plantas de marihuana, con un peso total de 150 kilos que tras el proceso de secado se redujeron a 17,4 kilos de sustancia para el consumo, fueron incautadas en octubre de 2005, y el juzgado decidió que no se había cometido ningún delito por ser una plantación privada y estar destinada la droga al consumo privado y terapéutico
El código penal habla de consumo ilegal. Eso presupone la existencia de dos tipos de consumo: el legal y el ilegal. (esto es lo que no diferencia enderteruel, tomándose la parte por el todo)

enfermedades susceptibles de tratar con cannabis

Segun la Asociación Internacional por el Cannabis como Medicamento ...

El valor curativo del CANNABIS y sus derivados está actualmente demostrado y aceptado para el amplio margen de patologías siguiente
Patologías Valor curativo del CANNABIS
Glaucoma (aumento de la presión intraocular) Anula la presión
Efectos secundarios quimioterapia (náuseas, pérdida apetito y malestar Evita náuseas y vómitos, estimula apetito y revigoriza al paciente
Asma (incapacidad respiratoria) Actúa como broncodilatador
Epilepsia y espasmos (convulsiones) Actúa como mío relajante
Anorexia y depresión (psicosis de enflaquecimiento y del ánimo Estimula el apetito y desinhibe el comportamiento
Dolor de variada etiología Mitiga dolor parto y menstruación
Cáncer Reduce malestar radiaciones y quimioterapia
Dependencia a opiáceos y alcohol Se ha mostrado eficaz en curas de desintoxicación y rehabilitación acerca de estas drogas
El CANNABIS posee ventajas terapéuticas que lo hacen único tratamiento donde han fallado otros medicamentos:
a) Es la menos tóxica de las drogas disponibles
b) Tiene un amplio margen de aplicación curativa
c) Actúa de modo diferente a otras drogas
d) Puede combinarse eficaz y seguramente con cualquier mediación
gracias a los pocos que os registrasteis en el blog y a los que sin registraros nos madasteis e-mail

miércoles, 28 de enero de 2009

martes, 27 de enero de 2009

modelo para recurir multas por tenencia ilicita

recurirlas siempre


MODELO DE RECURSO DE MULTA POR TENECIA DE HACHIS/MARIHUANA
A LA ATENCION DEL SUBDELEGADO DEL GOBIERNO EN .................................................. EXP número ------------------- ----------------, mayor de edad, con domicilio en ----------------, con D.N.I. núm. ----------------, Comparece ante esta Administración y, como mejor proceda en derecho, DICE: Que habiéndoseme notificado acuerdo de incoación de procedimiento sancionador en el expediente al margen referenciado, y dentro del plazo legalmente conferido para ello, comparezco en el mismo y formulo las siguientes: A L E G A C I O N E S PRIMERA.- Debo discrepar totalmente de la calificación que la administración da a los hechos imputados al referir en el acuerdo de iniciación del procedimiento sancionador la comisión del siguiente hecho: "tenencia ilícita de droga tóxica o estupefaciente el día ------------------------". Tal imputación es arbitraria puesto que no existe ningún elemento que permita manifestar que la tenencia de dicha sustancia (hachís/marihuana) fuese ilícita, aportando sin embargo esta parte acreditación de la licitud de la tenencia por cuanto que la misma viene motivada por su uso terapéutico, recogido por el Tribunal Supremo cuando, en sentencia de 4 de febrero de 1987, afirma que el bien jurídico protegido en abstracto por el delito contra la salud pública es precisamente la salud pública puesta en peligro por el consumo de estupefacientes con fines no científicos o médicos. A pesar de que dicha sentencia es anterior a la entrada en vigor de la Ley de Seguridad Ciudadana donde se pretende dotar a las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado de los medios necesarios para proteger y prevenir el interés general, es evidentemente no puede pasar inadvertido que precisamente en dicha Ley se sanciona la tenencia ilícita, admitiendo por tanto la existencia de una tenencia lícita, como ya había sido puesto de manifiesto por la jurisprudencia penal existente, siendo dicha tenencia lícita la destinada a fines médicos o científicos. No se puede obviar que el interés general cuya protección se pretende mediante la Ley de Seguridad Ciudadana tiene dos vertientes: 1º.- La paz pública. La sanción de conductas como "el consumo en lugares, vías, establecimientos o transportes públicos" pretende proteger la paz pública que podría verse alterada por la exhibición u ostentación del consumo de sustancias en lugares públicos, evitando así la inferencia de la actuación de un ciudadano en la conducta de otros ciudadanos que se encuentran en lugares públicos (y ello sin que en ningún caso pueda pretenderse que tal sanción pretenda evitar que se favorezca el consumo a terceros por cuanto que dicha actuación ya está debidamente sancionada en el ámbito penal). 2º.- La salud pública. La sanción de "la tenencia ilícita, aunque no estuviese destinada al tráfico, de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas", al ser una conducta únicamente conocida por el propio poseedor y que no supone exhibición ni ostentación de la posesión de dichas sustancias (por cuanto que si existe exhibición la sanción vendrá determinada por haber consumido o hecho ostentación de dicha sustancia en lugares públicos), viene a proteger la salud pública, pero en este caso la salud pública del propio tenedor en una actuación de lo que se conoce como estado-padre (es evidente que sólo puede protegerse la salud pública del propio consumidor por cuanto que en el caso de pretender la protección de la salud pública de terceros volveríamos a estar ante una inferencia en el ámbito de la protección penal), perdiendo todo su sentido esa pretendida protección de la salud pública del propio poseedor cuando la tenencia pretende precisamente un uso científico, médico o terapéutico destinado a mejorar la salud del mismo, desapareciendo la ilicitud de la tenencia y convirtiéndose entonces en una tenencia perfectamente lícita. En el supuesto aquí presente nos encontramos con una persona que ni consumía en público ni hacía ostentación de la sustancia tóxica, poseyéndola lícitamente con fines terapéuticos según se acredita documentalmente, por lo que la intervención y aprehensión de la sustancia efectuada en las presentes actuaciones carece de soporte legal, siendo preceptiva la devolución de la misma a los efectos terapéuticos y de protección de la salud de quien suscribe. SEGUNDA.- Tiene recordado el Tribunal Supremo (sentencia de 16 de diciembre de 1986 y 30 de marzo de 1998) que uno de los principios cardinales del Derecho Penal -sustantivo y procesal- contemporáneo es aquel que proclama la presunción de inocencia de toda persona acusada de una infracción hasta que su culpabilidad haya sido legalmente declarada, todo ello según la definición ofrecida por el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales. Este principio, incorporado en lugar preferente al art. 24 CE, produce una inmediata consecuencia procesal que consiste en desplazar la carga de la prueba al acusador y, en el caso de la potestad sancionadora, a la Administración pues, como bien ha señalado reiteradamente el Tribunal Constitucional, aunque el Artículo 24 de la C.E. no alude e-presamente al ejercicio de la potestad sancionadora de la administración, las garantías procesales establecidas en dicho precepto son de aplicación en los procedimientos administrativos sancionadores. Ello implica, naturalmente, que, para sancionar, será necesario acreditar el supuesto de hecho al que el ordenamiento liga la consecuencia jurídica que la Administración pretende imponer. La presunción de legalidad del acto administrativo desplaza sobre el administrado la carga de accionar para evitar la producción de los efectos propios de la figura del acto consentido, pero, una vez accionado, es decir, una vez se oponga o recurra la sanción o acuerdo de sanción, la carga de la prueba ha de someterse a las reglas generales que, en materia sancionadora, son las anteriormente e-puestas (sentencia 21 de abril de 1989); y, oponiéndose el que suscribe a la incoación del procedimiento sancionador, dicho procedimiento viene obligado a cumplir con lo dispuesto en el Art. 24 de la CE en cuanto a garantías procesales y presunción de inocencia. Por otra parte, es evidente que existe una calificación pública sobre los hechos realizada por personas cuyo testimonio goza de una presunción de veracidad, debiéndose diferenciar respecto al alcance del valor de los mismos entre el testimonio ofrecido por los agentes de la guardia civil sobre hechos cuya fijación viene predominantemente asimilada por vía sensorial y sobre aquellos otros cuya representación se alcanza mediante presunciones o juicios de inferencia (sentencias de 7 y 11 de mayo de 1992), presunciones o juicios de inferencia que deberán someterse, en todo caso, al juicio ponderado obtenido a partir del contraste de dichos testimonios con los otros elementos de conocimiento concurrentes (sentencia de 8 de octubre de 1990, y sentencia 76/1990), lo que supondrá la quiebra de la presunción de veracidad de los citados testimonios respecto a las presunciones o juicios de inferencia precisamente por la existencia de elementos subjetivos concurrentes. Así las cosas tenemos que, si bien existiría presunción de veracidad en las manifestaciones de los agentes en cuanto a la existencia de la sustancia en el interior del vehículo -por cuanto tal e-tremo pudo ser apreciado de forma sensorial y directa-, la calificación de dicha tenencia como ilícita se alcanzaría mediante presunciones o juicios de inferencia sobre los cuales ya no sería aplicable tal presunción, debiendo imperar en dicho momento lo dispuesto en nuestro Artículo 24 de la Constitución Española. Y ello porque el Artículo 25,1 de la Ley de Seguridad Ciudadana sanciona la tenencia ilícita, no la mera tenencia y será de cargo de quien acuse probar la ilicitud de dicha tenencia, sin que se haya realizado por parte de la administración actividad alguna tendente a probar tal e-tremo y sin que quepa, precisamente por aplicación del Art. 24 de la Constitución Española, la posibilidad de otorgar presunción de ilícita a cualquier tenencia, má-ime cuando, como sucede en el presente supuesto, la tenencia es debida a motivos terapéuticos. Es un derecho fundamental de todas las personas acceder a todas aquellos tratamientos que estén a su alcance para paliar afecciones físicas o psíquicas sin que pueda en ningún caso entenderse que sea de interés general el limitar dicho acceso como ocurriría en el supuesto de entender como ilícita la tenencia de una sustancia cuyo uso terapéutico está reconocido y aceptado. TERCERA.- El artículo 25.1 de la Ley de Seguridad Ciudadana dice que constituyen infracciones graves el consumo en lugares, vías, establecimientos o transportes públicos, así como la tenencia ilícita, aunque no estuviese destinada al tráfico, de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, siempre que no constituyan infracción penal, así como el abandono en los sitios mencionados de útiles o instrumentos utilizados para su consumo. Por su parte, el artículo 20 de la citada Ley dispone en su punto 1 que "los Agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrán requerir, en el ejercicio de sus funciones de indagación o prevención, la identificación de las personas y realizar las comprobaciones pertinentes en la vía pública o en el lugar donde se hubiese hecho el requerimiento, siempre que el conocimiento de la identidad de las personas requeridas fuese necesario para el ejercicio de las funciones de protección de la seguridad que a los agentes encomiendan la presente Ley, y la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad". Ahora bien, en el supuesto ahora enjuiciado se ha ido más allá de lo dispuesto en el referido precepto toda vez que, según se desprende de la propia denuncia de la Guardia Civil, el expedientado, ni estaba consumiendo droga, ni tan siquiera llevaba visible la ínfima cantidad de sustancia que se le intervino, ni menos aún hacía ostentación de la misma; por el contrario, debieron los agentes proceder al cacheo de los ocupantes del vehículo y al registro del mismo para encontrar dicha sustancia en la guantera delantera del coche. Incluso el Tribunal Supremo, en sentencia de 24-2-97, ha considerado discutible la legitimidad del cacheo, como sometimiento a las normas policiales de vigilancia e investigación, en defensa de la legalidad, del orden y de la seguridad ciudadana, agregando que es un acto "en el que la arbitrariedad y la proporcionalidad se constituirán en definidores de la cuestión...". Y en este concreto caso se aprecia una total arbitrariedad por cuanto se procedió a la detención del vehículo sin más, porque sí, sin que e-istiera indicio ni motivo que diera pie a pensar que se estuviera cometiendo un ilícito de ningún tipo, ni siquiera una infracción de tráfico, existiendo una total falta de proporcionalidad entre el servicio que efectuaba la pareja de la Guardia Civil y el "registro" que se hizo al vehículo ocupado como acompañante por quien suscribe y a los propios ocupantes sin aparente causa que lo justificase. CUARTA.- Que en la fecha y lugar de los hechos se celebraban las Fiestas Patronales de la localidad, donde se encontraban mas de 200 personas, la mayoría jóvenes que, como él, asistían a un concierto musical con la misma actitud "sospechosa". Que no existió indicio de prueba alguno que motivara el registro -o cacheo- realizado por los funcionarios policiales, que no tuvo otro motivo o justificación que las sospechas despertadas por la indumentaria y aspecto del sancionado, razones que por su mismo carácter discriminatorio demuestran por sí mismas, la inconstitucionalidad e ilegalidad de dichos registros (al no haber "hecho delictivo, causante de grave alarma social" no se pretende "descubrir y detener" a los autores). (Explicad las circunstancias reales si es preciso y favorecen al caso). QUINTA.- Quiero resaltar que en ningún momento me resistí a los requerimientos de la Policía y que portaba la sustancia al considerar que no cometía ninguna infracción poque me dirigía a mi casa donde pensaba consumirla ya que soy consumidor habitual de dicha sustancia. Sabiendo que el consumo de drogas que no causan grave daño a la salud no es delito entendía que podía circular con ella por la calle, ya que acababa de comprarla y me dirigía a mi casa cuando fui parada por los Policías para que me identificase. Al entender, que según reiterada Jurisprudencia de nuestro Tribunal Supremo los actos integrantes de autoconsumo (entre los que se encuentra el llevarla a mi domicilio) son atípicos y, por lo tanto, impunes, y subsistiendo dicha impunidad incluso después de la promulgación de la Ley Orgánica 1/92 de 21 de Febrero sobre protección de la Seguridad Ciudadana, no puedo comprender la existencia de este procedimiento sancionador, ya que no comprendo que el autoconsumo sea lícito pero la tenencia para dicho autoconsumo no lo sea, debiendo aplicarse en el presente caso el principio de " in dubio pro libertate" y, dado que por la mera tenencia no se afecta a un bien jurídico en concreto, no está justificada la incriminación de mi conducta, al no poderse producir una limitación a mi libertad individual. Es decir, en la dialéctica libertad-salud, el legislador sacrifica en materia de drogas el primer derecho o bien jurídico en pro del segundo. Por ello, el daño eventualmente ocasionable por la droga en la salud ha de ser significativo. En aquellos casos en que no se haya constatado científicamente que el consumo de una sustancia causa un daño, el principio "in dubio pro libertate" y el de la ponderación de bienes exige la no incriminación de conductas como esta. Esta parte pretende hacer uso de los siguientes MEDIOS DE PRUEBA que en este acto propone: - Testifical con examen de los siguientes testigos: - D. ------------------, con domicilio en ---------------------------------, quien conducía el vehículo donde fue encontrada la sustancia y a quien también se sometió a cacheos y registros. - D. ------------------, psicólogo que viene tratando al que suscribe a fin de acreditar el uso terapéutico de dicha sustancia. - Documental consistente en dar por reproducidos los documentos acompañados a este escrito y que acreditan el uso terapéutico de la sustancia intervenida consistentes en informe emitido por el psicólogo Sr. ------------------ y diversos artículos de investigación publicados, impugnando expresamente el documento en el que se recoge la pericial impugnada que dio lugar al presente expediente sancionador. Por todo ello a V.I. SOLICITO que teniendo por presentado este escrito se sirva admitirlo con los documentos y copias que lo acompañan, tenga por evacuado en tiempo y forma el trámite conferido y por efectuadas las alegaciones que en el mismo se contienen, así como por propuestos los medios de prueba que se detallan, acordando su práctica y, previos los trámites pertinentes, dicte en su día resolución por la que se acuerde no haber lugar imposición de sanción alguna y devolver a quien suscribe la sustancia incautada indebidamente. Todo ello por ser de Justicia que pido en ------------------, a ----------------- de ------.