martes, 19 de mayo de 2009

CARTA A JOSE LUIS RODRIGUEZ ZAPATERO PRESIDENTE DE ESPAÑA



UN ORENSANO AMIGO LLAMESMOLE X QUE LE ENVIO ESTE E-MAIL A ZAPATERO, GRACIAS POR HACERMELO LLEGAR AMIGO X


2 de abril de 2009 20:06
Para: jlrzapatero@presidencia.gob.es


Hola soy xxxxx xxxx xxxxxxxx, nacido en Ourense Galicia y un
votante del psoe.Desgraciadamente para mi un parado mas, de los mas de
3.000.000, se que las cosas a nivel mundial estan en una situacion
pesima , por esta mal llamada crisis que no es mas que el fruto de una
mala gestion de los gobiernos mundiales.

Realmente en españa tenemos que estar tan mal?, realmente no
tenemos recursos para salir de esta crisis?, por mi parte veo un par
de cosas que nos pueden sacar de esta situacion y eliminar la
desorbitada tasa de paro que desgraciadamente tenemos en estos
momentos en españa.

1º las energias limpias, somos un pais privilegiado en cuanto a este
tipo de energias tanto solar como eolica tenemos una franja horaria
bastante buena para captar la energia del sol,en cuanto a la eolica
somos un pais rico en montañas y rodeado de costa donde el aire es
gratuito . Pero a lo largo de los años dejamos muy claro que esto no
puede estar en manos de empresas privadas por todos los conflitos ,
escandalos y chanchullos que solo favorecen a unos cuantos, a menudo
empresas extranjeras, gente adinerada y politicos corruptos, estas
explotaciones deberian de estar en manos del gobireno central y asi
crear miles de empleos publicos en varios sectores, montaje,
mantenimiento, desbroces de montes viguilancia etc...... y no que
venga una empresa de afuera lo fabrique nos lo venda lo instale y se
vayan .
2º y algo mas polemico, la legalizacion de la marihuana, que es otro
sector que a pesar de la crisis no les esta afectando(grow shop) si no
que cada dia venden mas, y es simplemente porque la gente tiene menos
recursos para acudir al mercado negro, que solo favorece a los
narcotraficantes y los policias corruptos, que cada vez mas gente la
usa con fines terapeuticos , gente que no consigue calmarse dolores
con ningun medicamento, que asi quedo demostrado en numerosos estudios
y que dieron muy buenos resultados en enfermedades tales como ,
glaucoma,efectos secundarios de la quimioterapia,asma, epilepsia y
espasmos, anorexia y depresion, dolores de enfermos terminales, etc
.... .
y tambien gente que aun a pesar de no usarla con ningun fin terapetico
la usan porque les gusta usarlas, y que no es mas mala que cualquiera
de las drogas legales que se venden en españa como el tabaco y el
alcohol, el legalizarla no crearia solo empleo a cultivadores y
distribuidores porque tenemos que tener encuenta el turismo que
atraeria esta decision, no debemos olvidarnos de los mas de 10.000.000
millones de personas que van anualmente a Holanda de vacaciones y
esto crearia mas empleo publico, en fuerzas de seguridad, sanidad,
limpiezas, transportes etc.. asi como empleo privado hosteleria,
restauracion, automocion,comercio etc....

Pero claro es solo mi opinion y se que no se tendra ni en cuenta
,poniendose en el caso de que lo llegase a leer.

cuidate y cuidanos
saludos
RESPUESTA DE LA PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

18 de mayo de 2009 0:00
Para: XXXXXX XXXXXX

Acuso recibo del escrito que ha dirigido al Presidente del Gobierno, y le agradezco su confianza por transmitirle sus sugerencias para solucionar la crisis económica.

Reiterándole mi agradecimiento por su colaboración, reciba un cordial saludo. José Enrique Serrano Martínez. Director del Gabinete de la Presidencia del Gobierno.

lunes, 18 de mayo de 2009

León: Absuelto a pesar de que tenía 100 kilos de marihuana porque alegó ser consumidor 29/12/08


El juzgado de lo Penal número 1 de los de León dictó el pasado 11 de diciembre una sentencia absolutoria para un individuo natural de León y con domicilio en La Virgen del Camino, al que la Guardia Civil sorprendió con veinte plantas de marihuana de tres metros de altura cada una y otras catorce de algo más de medio metro, que entre todas sumaba un peso de cien kilos.
El Ministerio Fiscal solicitaba una pena de tres años y medio de prisión y una multa de 30.000 euros, pero el titular de la sala, en el apartado segundo de los fundamentos de derecho del fallo, considera que procede aplicar el principio porque no se pudo acreditar que el procesado fuese a traficar con el material y además alegó ser consumidor habitual.
El acusado, asistido por el letrado leonés Enrique Arce y por la procuradora de los tribunales Diana González, declaró en la vista oral que cultivaba la plantación para su consumo propio «sin que se haya probado en el acto del juicio que proyectase destinar al tráfico parte alguna de su producción».
En la vista oral, negó las manifestaciones realizadas inicialmente ante los agentes que realizaron la entrada en su domicilio y lo que declaró en el juzgado de Instrucción. Un informe clínico redactado en el Hospital de León confirma que el sospechoso era consumidor habitual. «El único indicio incriminatorio es la cantidad de marihuana que se hubiera podido destinar al tráfico».
El juez considera en la sentencia que el concepto de «producto aprovechable» en el concepto de «cosecha» resultante de un cultivo es «un elemento variable. La cantidad de producto efectivamente utilizable al cabo del ciclo botánico no es la misma para diez, cien o mil productores de la misma especie».

Sólo fumaba las flores
El acusado manifestó que solamente fumaba las flores de cada planta y tiraba el resto. No esperaba obtener más de un kilo de producto aprovechable para su consumo personal. «Desde luego, no tenemos ningún indicio más de una intención que no sea la propia cantidad intervenida, aspecto que debemos valorar con cautela».

Se castiga sólo el tráfico
La norma penal, siempre según la sentencia «sólo castiga el cultivo con fines de tráfico y no el autoconsumo. No podemos dejar de hacer notar que la diligencia de entrada y registro no sólo es expresiva por lo que incorpora, sino por lo que no refleja. La fuerza actuante no encontró en ningún punto de la vivienda útiles específicos para el troceo y pesaje o preparados de Cannabis que pudieran hacer pensar en una finalidad de distribución.

Faltan pruebas tangibles
Así, al no haberse desvirtuado la aseveración dirigida por el acusado ya a los mismísimos agentes que lo detuvieron, de que la marihuana que cultivaba era para su propio consumo, es forzoso concluir que no se ha probado el dolo, como tampoco se ha producido una lesión. Ni siquiera una mera puesta en peligro del bien jurídico de la salud pública, protegido por la norma penal, lo que justifica que no pueda subsumirse la conducta del acusado efectivamente probada en dicha norma».

Hay dudas razonables
«Por tales razones», entiende el juez «y subsistiendo dudas razonables sobre la verdadera intención del acusado acerca del destino de la producción de marihuana intervenida, se absolverá de toda responsabilidad criminal en aplicación del principio ».

El juez habilita un plazo de diez días para que las partes puedan presentar recurso ante la Audiencia Provincial de León.
Los hechos que se juzgaron datan del día 14 de septiembre del 2007. Agentes de la Guardia Civil practicaron un registro en una localidad perteneciente al ayuntamiento de Villazala en el transcurso de la cual hallaron el material del que se incautaron en una huerta, por lo que procedieron a la detención de su propietario y abrieron las correspondientes diligencias.
El procesado presentó un informe del Hospital de León en el que demostró su condición de consumidor habitual.

¿ES ILEGAL PLANTAR MARIHUANA?



Si bien el cultivo de cannabis es considerado ilegal en cuanto tienda a la promoción, el favorecimiento o la facilitación del consumo ilegal de grifa y/o hachís, los Tribunales españoles admiten cada vez con más frecuencia y claridad supuestos de autocultivo. Es decir, supuestos en que el cultivo no se considera delito y, por tanto, el cultivador queda absuelto o, como mucho, en su caso, condenado por el excedente de lo considerado como consumo propio anual*. Esto supone que si uno cultiva para sí mismo aproximadamente la cantidad de cannabis que consume al año, tiene escasísimas posibilidades de que le condenen, y en este hipotético caso, es prácticamente imposible que vaya a prisión.
Así las cosas, aquí van unos consejos y datos a tener en cuenta a la hora de cultivar cannabis, basados en las sentencias absolutorias sobre el tema de los distintos Tribunales españoles:

Número de plantas.- No existe ningún número de plantas, a día de hoy, establecido como legal. Se trata de calcular la cantidad que uno consume al año, y, partiendo de esta, la cantidad, tamaño y calidad de las plantas que necesita para autoabastecerse. Esto ya es una cuestión de cada uno, según su consumo y otras variables como: tipo de cultivo, sustrato, semillas, condiciones climáticas, pericia del cultivador y un infinito etcétera.
Ante esta situación de inseguridad jurídica, los colectivos de cultivadores y consumidores, como la AICC (Asociación de Internautas CannabisCafé), reclaman la fijación de un número legal de hembras por persona y año. Como razones se argumentan el fácil control de la legalidad de los cultivos, ya que simplemente consistiría en contar los tallos; así como ser 25 la cantidad de plantas establecida como límite del autocultivo de otra conocida planta, el tabaco.
No obstante, como están las cosas actualmente y previendo una hipotética incautación, lo que se debe tener en cuenta es cómo se va a calcular la cantidad de grifa que se va obtener de las plantas y que lo que se está cultivando será destinado al autoconsumo. Es decir, que se trata de un autocultivo.

CULTIVO DE EXTERIOR.- Consideraciones con respecto al cultivo y al cultivador.
Respecto al cultivo.-
- En principio decir que “la expresión "cultivo" del texto legal no es correcta
pues no se cultivan las drogas o estupefacientes sino las plantas o especies
botánicas de las que puedan obtenerse aquéllas. El cultivo, en sí, es una
actividad neutra que sólo alcanzará categoría penal cuando tal actividad
se conecte con la obtención de sustancias psicoactivas. El precepto, por su redacción, parece afirmar que los actos de cultivo, elaboración o tráfico, por sí mismos, promueven, favorecen o facilitan el consumo. Ello, que es claro en el caso del tráfico en cuanto por medio del mismo se transmiten las sustancias que expresa el precepto y, por tanto, se difunde el uso y el consumo, no lo es tanto en el caso de los actos de
cultivo y elaboración desde el momento en que, admitida la impunidad de la
tenencia para consumo propio, nadie puede dudar de que tales actos para el
propio abastecimiento carecen de la idoneidad precisa para promover,
favorecer o facilitar el consumo”. Sentencia nº 219 Audiencia Málaga
- Como las plantas se suelen pesar recien arrancadas por la GC, a veces incluso con raíces y tierra, tras las oportunas alegaciones se suele reducir el peso inicial incautado entre un 40 y 60 %, habiendo incluso sentencias que restan, además de los tallos, que son excluidos del pesaje a petición del Fiscal, un 60% correspondiente al secado y a las hojas no adheridas a las sumidades floridas. La realidad es que la planta, entre manicurado y secado, según los estudios de las asociaciones y la literatura más autorizada, pierde antes de ser consumida entre un 85-95% de su peso bruto. Lo que conviene no perder de vista es que lo que incauten se va a reducir considerablemente, pero a lo mejor no todo lo que debiera.
- También se buscarán indicios de tráfico, por lo que no conviene tener balanzas de precisión, bolsitas herméticas y otros adminículos que puedan hacer parecer que se trafica con lo cultivado.
- En caso de que cuando se produzca la incautación, las plantas sólo estén cosechadas parcialmente, se estima que el cultivador va cosechando según sus necesidades de consumo.
Respecto al cultivador.-
- En primer lugar, que sea consumidor, diciéndolo desde el primer momento. Para probarlo habría que alegarlo en las propias declaraciones, y si surgen dudas, solicitar análisis de orina o sangre.
- Sobre la cantidad considerada como consumo propio anual*: se obtiene calculando el consumo diario y multiplicándolo por los días del año. Se han admitido consumos de hachís por el Tribunal Supremo de más de diez gramos diarios, incluso 20, por lo que alegar que fumamos seis o siete cigarrillos diarios de un gramo, lo que fuma un fumador inveterado, obtendremos un consumo anual de unos 2.200-2.500 gramos.
- Es también muy importante saber que, en busca de indicios de tráfico, se investigará el modo de vida del cultivador y si posee ingresos propios y un nivel de vida acorde con esos ingresos, para averiguar si puede estar obteniendo ingresos extras de la venta de cannabis.
- Pertenencia a una asociación cannábica.- Este es un dato que ha servido en varias sentencias para argumentar la ausencia de ánimo delictivo, puesto que sería poco prudente que quien quiere cometer un delito de tráfico de cannabis, figure en un registro público como aficionado a la planta. También se ha utilizado para legitimar un excedente de hasta 500 gramos del consumo propio anual, puesto que al ser miembro de una asociación pro-legalización de la marihuana, este excedente no tendría porqué ser destinado al tráfico, sino que bien puede ser que los compartiese con los miembros de su asociación, consumidores como él y representativos de un grado de difusión que entra dentro de los supuestos de consumo compartido admitidos por el Tribunal Supremo. Además, con la pertenencia a la asociación se le presuponen al cultivador ciertos conocimientos sobre la planta, con los que argumentar sólidamente el proceso que siguen estas desde que se cultivan hasta que se consumen.

CULTIVO DE INTERIOR.- Igual que en exterior, con la salvedad de que para entrar en un domicilio es necesaria orden judicial, lo que hace difícil la desmantelación de cualquier cultivo de interior en un piso mínimamente discreto. Para que el Juez otorgue la autorización es necesario que tenga indicios racionales de criminalidad, es decir, que por lo observado por la policía o testigos se pueda deducir que en ese piso se cultiva cannabis y se trafica con él. Normalmente, si no hay un goteo de personas entrando y saliendo del lugar, y no se suelen sacar bultos sospechosos (cajas, bolsas) con frecuencia, el registro no será autorizado. También ha servido como indicio tener el responsable numerosas sanciones por posesión de cannabis.
Decir que no cualquier local o piso es un domicilio, sino únicamente aquel que se destine a vivienda. En este caso, si entran en el domicilio sin consentimiento o sin orden judicial, aunque encuentren plantas, la prueba sería nula por haberse obtenido vulnerando el derecho a la inviolabilidad del domicilio.

viernes, 15 de mayo de 2009

Detenido un hombre que tenía una plantación de marihuana en Nigrán


hombre de 57 años, M.J.A.C., detenido el martes por la Guardia Civil de Pontevedra por un presunto delito contra la salud pública, ya que había montado una plantación de marihuana con su invernadero y todo.

El arresto se llevó dentro del marco de actuaciones que la Guardia Civil viene llevando a cabo para erradicar la venta y distribución de estupefacientes, por lo que procedió a la detención de M.J.A.C. de 57 años de edad y vecino de Nigrán como presunto autor de un delito­ contra la salud pública.

Una zona boscosa

Los hechos sucedieron cuando la Guardia Civil de Baiona localizó una finca en una zona boscosa del municipio de Nigrán, con un invernadero, oculto entre la vegetación, de unos cuarenta metros cuadrados en cuyo interior había una plantación de treinta plantas de marihuana de, ­todas hembras y con sistema de regado propio.

Los agentes de la comandancia detuvieron al titular de la plantación, precisamente en el momento en el que se encontraba arrancando las plantas. El detenido, que carece de antecedentes penales, será puesto a disposición del Juzgado de Instrucción número 5 de los de Vigo.

Schwarzenegger, abierto al debate para legalizar la marihuana en California


El gobernador del estado norteamericano de California, Arnold Schwarzenegger, dijo ayer que el estado tiene que debatir la legalización y cobro de impuesto sobre la marihuana, aunque aclaró que no apoya la idea necesariamente. Schwarzenegger declaró que era tiempo de que California «estudie si legaliza y grava la marihuana para uso recreativo». «Creo que deberíamos estudiar cuidadosamente qué están haciendo otros países que legalizaron la marihuana y otras drogas. ¿Qué efecto tuvo en esos países?». California legalizó la marihuana médica en 1996.

La Audiencia cree que no es delito cultivar la marihuana para consumir en un año


Absuelve a un baionés que fue condenado a doce meses de cárcel por plantar 2,5 kilos de cannabis

Autor:
E.V.Pita
Fecha de publicación:
8/5/2009 la voz de galicia


Cultivar la suficiente cantidad de plantas de marihuana para el propio consumo durante un año no es un delito, según una reciente sentencia absolutoria de la Quinta Sección de la Audiencia de Pontevedra, con sede en Vigo.

El implicado, un vecino de Bahíña-Baiona, había sido condenado a un año de cárcel y una multa de 7.000 euros por el juzgado de lo Penal número 2 en julio del 2008 por un delito de tráfico de drogas. La Guardia Civil había descubierto en la terraza acristalada de la casa de A.I.L. un cultivo con once plantas de cannabis que dieron un peso de 2,5 kilos. Su valor en el mercado, si lo vendido como marihuana, ascendía a 7.000 euros.

Sin embargo, el implicado recurrió la condena ante la Audiencia y el tribunal vigués le dio la razón el pasado 25 de marzo y le absolvió.

La sala admite que la doctrina del Tribunal Supremo ha fijado un módulo que establece que el consumo propio el cultivo no debe superar el kilo de marihuana pero considera que estos criterios son solo orientativos. En este caso, la Audiencia acepta que los 2,5 kilos dan para un año de consumo.

La Audiencia añade que el único indicio contra el vecino es la gran cantidad de plantas decomisada. Pero el cultivo fue efectuado en una casa aislada y con un ciclo productivo lento. No daba la impresión de querer enriquecerse con la cosecha ilegal. Además, la Guardia Civil no halló en la casa ni balanzas de pesaje ni empaquetados que hiciese pensar que el sospechoso planeaba comercializar sus plantas. La duda benefició al reo.

viernes, 8 de mayo de 2009

Dos jóvenes de 19 y 20 años de edad fueron sorprendieran cuidando de una plantación de marihuana en Paderne de Allariz.


Agentes del Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) de la Guardia Civil de Ourense imputaron a las 16.00 horas del sábado un delito contra la salud pública a dos jóvenes de Ourense. D.B.A, de 19 años, y M.G.F, de 20 años, ambos vecinos de la ciudad, fueron sorprendidos por los agentes del Instituto Armado cuando estaban cuidando de una plantación de cannabis sativa (sus hojas secas se conocen como marihuana y de su resina se produce el hachís, siendo ilegales ambas sustancias), que se encontraba oculta entre la maleza de un monte comunal en Peneirizas (Paderne de Allariz).

Protegidas

Las 18 plantas incautadas tenían una altura aproximada de 20 centímetros y estaban protegidas mediante garrafas de plástico en una zona alta y soleada. Asimismo, se encontraban plantadas en calderos, para facilitar así su retirada del monte comunal y su transplante en otro lugar, pues este tipo de planta puede alcanzar dos metros de altura si las condiciones de sol y humedad son favorables. Los agentes del Seprona instruyeron las pertinentes diligencias al Juzgado de Instrucción número 1 de Ourense
NUEVO GOLPE POLICIAL EN OURENSE, UNA PLANTACION DE LA QUE DICEN QUE LAS HOJAS SECAS ES LA MARIHUANA, JAJJAJA, CON UNAS PLANTAS DE 20 CENTIMETROS RECIEN TRASPLANTADAS,LO UNICO QUE SE CONSEGUIRA SERA MALGASTAR DINERO PUBLICO Y EL TIEMPO DE JUEZ Y FISCAL QUE PODRIAN ESTAR DEDICANDOSE A OTROS CASOS DE VERDAD.