
Preguntado al respecto, una fuente del Plan Nacional sobre Drogas, comentó: "En nuestro país el consumo de cannabis en el ámbito privado no está penalizado. Tampoco lo está el cultivo para consumo propio. Si estas asociaciones se limitan a esto, su actividad no tiene ninguna trascendencia penal. Sólo cuando se hace publicidad de este consumo o cuando se promueve, es cuando pueden cometer un delito contra la salud pública, según el Código Penal. Pero son los tribunales quienes tienen que decidirlo.
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